Este artículo explica los numerosos beneficios del Seguro Social que están disponibles para que usted determine su mejor estrategia de reclamo del Seguro Social. Mientras trabaja en este proceso de planificación, tenga en cuenta 3 cosas:
- Reclamar los beneficios del Seguro Social es una decisión única que debe tomar correctamente.
- Una pareja casada debe considerar esta decisión como una decisión de vida conjunta, no como individuos aislados.
- Toma el beneficio equivocado en el momento equivocado, siempre es más pequeño y es para siempre.
BENEFICIOS
Beneficio del trabajador
Este es su propio beneficio personal. Siempre se le paga primero su propio beneficio, independientemente del beneficio al que tenga derecho. Lo más pronto que puede presentar su solicitud es a los 62 años. Si presenta su solicitud antes de su plena edad de jubilación, el beneficio se reducirá. Es el único beneficio que acumula créditos por jubilación diferida. La limitación de ingresos anuales se aplica hasta que alcance su plena edad de jubilación. Puedes suspender voluntariamente tu beneficio de trabajador al alcanzar la plena edad de jubilación. Finalmente, no hay ninguna buena razón para esperar más de 70 años para cobrar este beneficio. Puede presentar su solicitud en línea.
Beneficio conyugal
Este beneficio se aplica a un cónyuge actual si el otro cónyuge recibe su propio beneficio de Seguro Social. Se basa en los montos de su seguro primario, no en lo que recibe actualmente. El beneficio conyugal máximo es igual al 50 % del monto del seguro primario de su cónyuge a su plena edad de jubilación. Si presenta la solicitud antes de su plena edad de jubilación, el beneficio se reducirá. Para recibir este beneficio, el beneficio conyugal debe ser mayor que su propio beneficio como trabajador, debe estar casado al menos 1 año y tanto usted como su cónyuge deben tener al menos 62 años. Debe solicitar este beneficio ya que no comienza automáticamente. Ambos cónyuges no pueden estar recibiendo un beneficio conyugal al mismo tiempo. La limitación de ingresos anuales se aplica antes de su plena edad de jubilación. No se obtendrá ninguna ventaja al diferir el cobro de este beneficio después de su plena edad de jubilación. Puede presentar su solicitud en línea.
Beneficio para cónyuges divorciados
Este beneficio es básicamente el mismo que el de un cónyuge actual. El beneficio conyugal máximo es igual al 50% del monto del seguro primario de su excónyuge a su plena edad de jubilación. Para calificar para este beneficio, debe ser soltero, ambos tener al menos 62 años, haber estado casado durante 10 años o más y el beneficio de ex cónyuge debe ser mayor que su propio beneficio de trabajador si lo tiene. Hay dos categorías de beneficios para cónyuges divorciados. Si está divorciado hace menos de dos años, para calificar para los beneficios, su excónyuge debe estar recibiendo su beneficio. Si está divorciado por más de dos años, se le considera “con derechos independientes”, su excónyuge no necesita recibir beneficios, pero debe ser elegible para reclamar beneficios. Si se vuelve a casar, no podrá cobrar un beneficio conyugal de ningún excónyuge. Si está divorciado de más de un cónyuge, puede reclamar los beneficios del cónyuge más alto, suponiendo que estuvo casado con cada uno de ellos durante al menos 10 años. Y, por último, un beneficio conyugal divorciado pagado a un excónyuge no afecta los beneficios disponibles para un cónyuge actual. La limitación de ingresos anuales se aplica antes de su plena edad de jubilación. No se obtendrá ninguna ventaja al diferir el cobro después de la plena edad de jubilación. Puede presentar su solicitud en línea.
Beneficio para niños
Este beneficio se paga al representante del niño para niños de hasta 18 años, 19 años si todavía están en la escuela secundaria o discapacitados si están discapacitados antes de los 22 años. Uno de los padres debe recibir beneficios. El beneficio es igual al 50% del beneficio de la plena edad de jubilación de los trabajadores, incluso si el padre presentó la solicitud antes de su plena edad de jubilación. No hay reducción por edad. Este beneficio no afecta el beneficio de los padres. La prueba de ingresos anual se aplicará al niño si trabaja. Esta puede ser una situación para considerar la presentación anticipada dependiendo de la edad del niño o niños. No puede presentar su solicitud en línea.
Beneficio para niños bajo cuidado
Este beneficio se paga a un cónyuge que no tiene al menos 62 años, que aún no es elegible para recibir beneficios y que está casado desde hace al menos 1 año. Su cónyuge debe estar recibiendo su beneficio del Seguro Social. El beneficio es igual al 50% del monto del seguro primario del cónyuge receptor. Solo puede recibir un beneficio de Niño bajo cuidado, independientemente del número de niños. Este beneficio cesa cuando el niño cumple 16 años. No puede solicitarlo en línea.
Beneficio de sobreviviente
No confunda esto con un beneficio conyugal, no lo es. Si recibe un beneficio conyugal, ese beneficio cesa y ahora será elegible para un beneficio de sobreviviente. Este beneficio se paga al cónyuge, al excónyuge y a los hijos pequeños cuando uno de los cónyuges fallece. Si ambos cónyuges reciben un beneficio mensual, el cónyuge sobreviviente recibirá el mayor de los dos beneficios y el beneficio menor cesa. Para calificar para este beneficio, el sobreviviente debe tener al menos 60 años y no estar casado, o 50 si está discapacitado. Es necesario estar casado durante al menos 9 meses, excepto en caso de accidente. Si presenta la solicitud antes de su plena edad de jubilación, el beneficio se reducirá. También se aplica la limitación de ingresos anuales. No puede presentar su solicitud en línea.
- Si se vuelve a casar antes de los 60 años, no podrá recibir un beneficio de sobreviviente.
- Si se vuelve a casar después de los 60 años, seguirá siendo elegible para el beneficio de sobreviviente.
- Los niños elegibles menores de 18 años también pueden recibir un beneficio de sobreviviente, por un valor de hasta el 75% del beneficio del fallecido.
- NO hay ninguna ventaja en esperar para comenzar a cobrar los beneficios de sobreviviente después de alcanzar la plena edad de jubilación.
- Puede optar por reclamar el beneficio de sobreviviente y cambiar a su propio beneficio de trabajador más adelante si le resulta ventajoso.
- Siempre que exista un beneficio para sobrevivientes involucrado, siempre debe considerar tomar uno de los dos beneficios lo antes posible.
- Un excónyuge puede cobrar una prestación de supervivencia si ha estado casado durante al menos 10 años.
- Hay un beneficio único por fallecimiento de $255 disponible para el cónyuge actual.
- Si su cónyuge fallecido NO HA SOLICITADO beneficios y falleció ANTES DE LA PLENA EDAD DE JUBILACIÓN, usted tiene derecho a recibir el beneficio de plena edad de jubilación del fallecido.
- Si su cónyuge fallecido NO HA SOLICITADO beneficios y falleció DESPUÉS DE LA EDAD DE JUBILACIÓN COMPLETA, usted tiene derecho a recibir el beneficio del fallecido como si hubiera presentado su solicitud en la fecha de su muerte.
- Si su cónyuge fallecido SOLICITÓ beneficios ANTES DE LA PLENA EDAD DE JUBILACIÓN, usted tiene derecho a recibir lo que su cónyuge estaba recibiendo o el 82,5% del beneficio de la plena edad de jubilación de su cónyuge fallecido.
- Si su cónyuge fallecido SOLICITÓ beneficios EN LA EDAD DE JUBILACIÓN COMPLETA O DESPUÉS, usted tiene derecho a recibir lo que el difunto estaba recibiendo en la fecha de su muerte.
Recuerde, tome el beneficio equivocado en el momento equivocado, normalmente será más pequeño y para siempre.












