El Seguro Social es bastante confuso para una sola persona. Para las parejas casadas, las opciones suelen ser aún más complicadas, con beneficios conyugales y beneficios de supervivencia potencialmente en juego.
A veces, a esa confusión se suma una ley federal de 2015 que cambió el proceso de cómo algunos cónyuges con ingresos más bajos solicitan beneficios. Este fue el caso del lector de Money Talks News, Stevie B.
Stevie pregunta:
“Tengo 71 años, estoy jubilado y cobro el Seguro Social desde que tenía 65. El beneficio que recibo no es muy grande debido a un historial laboral irregular. Mi esposo tiene 66 años, todavía está empleado y planea solicitar el Seguro Social a los 70. Él tendrá derecho a un beneficio mucho mayor que yo. Entiendo que la ley es que puedo solicitar la mitad de su beneficio en lugar del mío, pero solo una vez que él lo solicite. ¿Es correcto? En otras palabras, debo esperar hasta que él esté 70 y solicita su beneficio antes de que pueda cambiar de mi beneficio a solicitar la mitad del suyo?
Es cierto que una persona casada generalmente puede cobrar hasta la mitad del beneficio de jubilación completo del Seguro Social de su cónyuge (es decir, la cantidad que recibiría si reclamara en su plena edad de jubilación) si su propio beneficio es menor. Sin embargo, la mayoría de las personas no pueden cobrar su propio beneficio primero y luego solicitar el suyo. beneficio conyugal cantidad en un momento posterior, al menos ya no.
Según la ley actual, cuando alguien en su situación alcanza su plena edad de jubilación y solicita sus propios beneficios, la Administración del Seguro Social (SSA) revisa ambos montos para determinar cuál es mayor:
- El propio beneficio de jubilación del reclamante (es decir, el monto del beneficio al que el reclamante tendría derecho en función de su propia registro de ganancias)
- El beneficio conyugal del reclamante (es decir, el monto del beneficio para el que el reclamante calificaría según el historial de ingresos de su cónyuge)
Esto se conoce como presentación considerada y se aplica a cualquier persona que haya cumplido 62 años a partir del 2 de enero de 2016. Se deriva de ese cambio de 2015 a la ley federal.
Alguien no puede reclamar un monto de beneficio menor primero y luego solicitar nuevamente cuando sea mayor su beneficio conyugal a menos que haya nacido antes de esa fecha.
Entonces, Stevie, si su propio beneficio fuera inferior a la mitad del beneficio de jubilación completo de su cónyuge cuando presentó su solicitud por primera vez, la SSA habría combinado el monto de su beneficio y un monto adicional para llevar su beneficio a la mitad del de su cónyuge.
Presentación considerada significa que cuando usted solicita su propio beneficio, se “considera” que ha solicitado tanto su beneficio como el de su cónyuge al mismo tiempo. Por lo tanto, la SSA le otorga automáticamente la cantidad más alta de las dos en ese momento.
Dado que ya está recibiendo sus beneficios y tiene más de 70 años, es probable que ya esté recibiendo el beneficio más alto según la regla de beneficio considerado. Si no está seguro de cómo se calculan sus beneficios, comuníquese con un representante del Seguro Social para obtener más información sobre cómo se determinó el monto de su beneficio.



